Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Región

Feliciano: El Concejo Deliberante promulgó la ordenanza que prohíbe los Caños de Escapes libres



Desde el Poder Ejecutivo Municipal se informa a la población que según Ordenanza N°494/2013 del Honorable Concejo Deliberante y promulgada por Decreto N°270/2.013, se ordena la destrucción de los caños escapes que se encuentren siendo utilizados en forma antirreglamentaria, ya sea por haber sido adulterado en forma casera para producir más ruidos, o por tratarse de escape de fabricación industrial solamente permitido para motos de carreras debidamente registradas y/o para la utilización en la vía urbana, y que haya sido retenido por el juzgado de falta, asimismo y por la misma ordenanza, se modifica el Art.17.8.61 del Código Municipal de Falta, el cual quedará redactado de la siguiente manera “la falta de silenciador, su funcionamiento deficiente o defectuoso, la alteración imputable del mismo mediante la incorporación de elementos o transformaciones de su estructura en desmedro de su finalidad específica, con multa mínima de UF 40 y máxima de UF 150. Además quedara retenido en la dependencia del juzgado de falta hasta tanto ordene su destrucción”

“Consideramos tanto desde el Ejecutivo Municipal como el Cuerpo Legislativo, que era necesario contar con un reglamento que establezca y regule el uso de los caños de escapes y por sobretodo los ruidos molestos que éstos ocasionan, no se busca prohibir los ruidos, solo regularlos” declaró la Sra. Presidenta Municipal, Prof. Silvia Moreno.-

Ahora en portada

Teclas de acceso