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Política

De la Sota imita a Macri y emite un decreto de presunta protección a la libertad de expresión

El gobernador José Manuel de la Sota anunció la firma de un decreto, similar al emitido por el jefe de Gobierno porteño Mauricio Macri, con el presunto objetivo de garantizar la libertad de prensa y expresión en Córdoba que "alcanza a todos los medios de la provincia".

El instrumento, firmado en acuerdo de ministros, fue dado a conocer por el mandatario provincial en conferencia de prensa     ofrecida en el Centro Cívico Provincial y anticipó que será     remitido a la Legislatura unicameral para su ratificación.

Apenas conocido el anuncio del gobernador De la Sota, el diputado kirchnerista, Fabián Francioni, dijo que “lo que tiene que hacer De la Sota y Macri es asegurar el cumplimiento de la Ley de Medios como instrumento supremo para garantizar la libertad de prensa y expresión”.

“De la Sota se burla de los cordobeses. Fue el primero en cercenar la vigencia de la pluralidad de voces clausurando las cinco antenas de la Televisión Digital Pública (TDA) para favorecer el negocio del Grupo Clarín”, al permitir que con esas clausuras la única operadora de las señales de televisión sean las de Cablevisión, recordó Francioni.

Asimismo señaló que “impidió el funcionamiento” del canal de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC), y consecuentemente “frustró” la puesta en el aire de contenidos producidos por el nodo de del Polo de Producción Audiovisual, contemplado en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ley de Medios).

El 1 de febrero de este año el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audivisual (Afsca), Martín Sabbatella, tuvo que presentar un recurso de amparo en la Justicia Federal de Córdoba para restituir las antenas de TDA clausuradas en las localidades de Leones, Malagueño, Río Cuarto, Villa Dolores y Villa María, ya que las medidas restrictivas aplicadas por De la Sota incumplían los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Medios, además de los artículos 42 y 75 (inciso 19) de la Constitución Nacional.

De la Sota dictó el Decreto Provincial 525 en base a “las potestades que están en manos de la provincia”, citando al artículo 121 de la Constitución Nacional que señala que “las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación”.

En el decreto que hoy emitió De la Sota sostiene que lo que se tiende con ese instrumento es “garantizar el pleno ejercicio de la libertad de expresión, opinión y prensa para todos quienes pisen el territorio de la provincia de Córdoba y ejerzan esas libertades dentro de los límites fijados por la Constitución Nacional, los tratados internacionales que la integran, la Constitución de Córdoba y demás normas que en su consecuencia se han dictado”.

En otro de los párrafos añade que “la normativa dispone con amplitud todo un sistema protectorio que prohíbe cualquier acto y/o acción de cualquier naturaleza y cualquiera sea la autoridad de la que emane, que de manera directa o indirecta restrinja, altere o censure estas libertades”.

También “prohíbe la ejecución de actos administrativos que dispongan la intervención, desapoderamiento, designación de administradores y/o veedores, etc. que de manera directa o indirecta tiendan a restringir o controlar medios de comunicación o su participación social”.

A la vez “limita las ejecuciones forzosas sobre bienes de periodistas y/o medios de comunicación por deudas derivadas de la actividad de prensa y prohíbe las expropiaciones tanto de los medios de comunicaciones como de las participaciones sociales de éstos, en cuanto a los inmuebles de esos medios se fijan condiciones para su efectivización”.

El mandatario provincial, al dar lectura al instrumento, sostiene que “está sustentada en la Constitución Nacional que en el artículo 14 consagra como derecho de todos los habitantes de la Nación el de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”.

Como parte de los fundamentos también cita el artículo 32 que dispone que el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal; y por otra parte el artículo 121 que determina que las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal.

Finalmente resalta que con este decreto “el Gobierno de la Provincia de Córdoba ejerce facultades propias teniendo en cuenta la necesidad y gravedad de las cuestiones de público y notorio conocimiento, que hoy demandan ejercer de inmediato el derecho de regular materias que le son propias para resguardar el pleno ejercicio de libertades constitucionales fundamentales de Expresión, Opinión y Prensa”.

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